PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SRE EMITIR UNA NOTA DIPLOMÁTICA DE EXTRAÑAMIENTO A LA REPÚBLICA ARGENTINA POR LAS DECLARACIONES DE ÍNDOLE RACISTA




PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES EMITIR UNA NOTA DIPLOMÁTICA DE EXTRAÑAMIENTO A LA REPÚBLICA ARGENTINA POR LAS DECLARACIONES DE ÍNDOLE RACISTA, REALIZADAS POR SU JEFE DE ESTADO EN CONTRA DE LOS MEXICANOS Y OTROS PUEBLOS DE AMÉRICA LATINA.


Dip. Carlos Alberto Valenzuela González.


Con fundamento en lo dispuesto por los el artículo 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES EMITIR UNA NOTA DIPLOMÁTICA DE EXTRAÑAMIENTO A LA REPÚBLICA DE ARGENTINA POR LAS DECLARACIONES DE ÍNDOLE RACISTA, REALIZADAS POR SU JEFE DE ESTADO EN CONTRA DE LOS MEXICANOS Y OTROS PUEBLOS DE AMÉRICA LATINA. Lo anterior, al tenor de las siguientes: CONSIDERACIONES América latina, es una región del mundo compuesta por países cuyo origen tienen una historia común, rasgos idiomáticos y culturales similares. Su historia precolombina como colonial hacen de las naciones de esta región un espacio geográfico potencialmente rico y sobretodo de lazos de hermanamiento. 

Las sociedades latinoamericanas modernas, están buscando la manera de mantener vínculos económicos, sociales y culturales estrechos y fuertes para superar problemas comunes como lo son la lucha contra la violencia de género, la superación de la pobreza, la migración irregular o desplazamiento forzado de personas, trata de personas, narcotráfico, combate a la corrupción entre otros. Durante muchas décadas los países latinoamericanos; y en particular México ha sido impulsor de acuerdos multilaterales, así como participe de organizaciones internacionales con el fin de promover esfuerzos conjuntos en diversas luchas como lo son: la defensa de los derechos humanos, asilo político, ayuda humanitaria, erradicación de la esclavitud, migración, minorías y pueblos indígenas, así como sobre combate a la discriminación racial.

 En este último aspecto, México forma parte de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial de 1965; el cual destaca en su primer artículo que la expresión "discriminación racial" denotará toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública.1 Bajo este concepto multilateral, México considera que las expresiones realizadas por el Presidente de la República Argentina, Alberto Fernández; el pasado 9 de junio de 2021contravienen el artículo 2 numeral 1 incisos a) y e) de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial suscrita y ratificada por ambas naciones que al texto dice:

Artículo 2

1. Los Estados partes condenan la discriminación racial y se comprometen a seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación racial en todas sus formas y a promover el entendimiento entre todas las razas, y con tal objeto:

a) Cada Estado parte se compromete a no incurrir en ningún acto o práctica de discriminación racial contra personas, grupos de personas o instituciones y a velar por que todas las autoridades públicas e instituciones públicas, nacionales y locales, actúen en conformidad con esta obligación;

b) Cada Estado parte se compromete a no fomentar, defender o apoyar la discriminación racial practicada por cualesquiera personas u organizaciones;

c) Cada Estado parte tomará medidas efectivas para revisar las políticas gubernamentales nacionales y locales, y para enmendar, derogar o anular las leyes y las disposiciones reglamentarias que tengan como consecuencia crear la discriminación racial o perpetuarla donde ya exista;

d) Cada Estado parte prohibirá y hará cesar por todos los medios apropiados, incluso, si lo exigieran las circunstancias, medidas legislativas, la discriminación racial practicada por personas, grupos u organizaciones;

e) Cada Estado parte se compromete a estimular, cuando fuere el caso, organizaciones y movimientos multirraciales integracionistas y otros medios encaminados a eliminar las barreras entre las razas, y a desalentar todo lo que tienda a fortalecer la división racial. 

2. Los Estados partes tomarán, cuando las circunstancias lo aconsejen, medidas especiales y concretas, en las esferas social, económica, cultural y en otras esferas, para asegurar el adecuado desenvolvimiento y protección de ciertos grupos raciales o de personas pertenecientes a estos grupos, con el fin de garantizar en condiciones de igualdad el pleno disfrute por dichas personas de los derechos humanos y de las libertades fundamentales. Esas medidas en ningún caso podrán tener como consecuencia el mantenimiento de derechos desiguales o separados para los diversos grupos raciales después de alcanzados los objetivos para los cuales se tomaron.

Énfasis propio.

Lo anterior frente a las declaraciones de tipo racial y discriminatorio frente al origen de las personas de países como México y Brasil. Por lo que se transcribe lo dicho por el mandatario argentino: 

“Soy un europeísta. Soy alguien que cree en Europa. Porque de Europa, escribió alguna vez Octavio Paz.. que los mexicanos salieron de los indios, los brasileros salieron de la selva, pero nosotros los argentinos llegamos de los barcos, y eran barcos que venían de allí, de Europa. Y así construimos nuestra sociedad”.

Por lo anteriormente, expuesto, y habiéndose sentido agraviado el pueblo de México por tales declaraciones, se somete a consideración de esta Soberanía el presente:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO. – La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores emitir una nota diplomática de extrañamiento a la República Argentina por las declaraciones de índole racista, realizadas por su jefe de Estado en contra de los mexicanos y otros pueblos de América Latina.


DIP. CARLOS ALBERTO VALENZUELA GONZÁLEZ

Dado en el Salón de Sesiones de la Comisión Permanente a 16 de junio de 2021.